miércoles, 20 de octubre de 2010

Cuatro gazapos

Por José Obdulio Gaviria

¿Será permitido cazar gazapos al presidente de la Corte y al "periodista del año"? ¿O eso me lo incluirán en la calificación de 'complot para desprestigiar' a la justicia?

En el 'gobierno de los jueces' y del 'cuarto poder', no nos queda a los díscolos más que hablar y luego acurrucarnos, a ver si los varillazos judiciales, en forma de autos, y el vituperio del "mejor periodista del año" nos pasan por encimita.

En Radio Caracol, Jaime Arrubla, presidente de la Corte, dijo desde Santa Marta (bello sitio del mar en donde se realizan alegres seminarios académicos), que la Constitución colombiana es muy joven y que no es tiempo de convocar Constituyentes, dizque porque son para "transformar toda su estructura". "La Constitución norteamericana es viejísima y tiene veinte enmiendas; es de 1776, redactada por Franklin", remató.

¡Cuatro gazapos junticos; grandes como una catedral, y el mejor periodista de Colombia ni se enteró! Fue aprobada en 1787 y rigió en 1789, cuando nueve Estados, de los trece, la adoptaron. De 1776 es la Declaración de Independencia. Ahí sí metió la mano Franklin (con Jefferson y Adams) y se nota. En mi opinión, en belleza y sabiduría, sólo la supera el Sermón de la Montaña.

"El último discurso a la Convención", pronunciado por Franklin, es la apoteosis de la tolerancia y el sentido común. Pero el cerebro, el redactor, el gran componedor entre las tendencias de la Convención, fue James Madison. Acertaron Wilkie y Moseley al nombrar la biografía novelada del gran jurista, así: Madison, El Padre de la Constitución norteamericana.

Van veinte enmiendas, dijo Arrubla. ¡No! Fue el segundo gazapo. Y el "mejor periodista" ni se 'mosquió'. ¡Veintisiete!, seamos precisos. Luego pontificó: si una Constitución es joven no se debe cambiar, como en el caso norteamericano. ¡Gazapo!: las enmiendas no dependen de la juventud de un texto, sino de la necesidad y conveniencia. Los norteamericanos aprobaron las primeras diez enmiendas en 1791 (la Carta ni llevaba dos años de vigencia).

Muchos elementos explican la permanencia y solidez de las instituciones norteamericanas. Bolívar ensayó, en el Discurso de Angostura, este: "Cuanto más admiro (la Constitución Federal), tanto más me persuado de la imposibilidad de su aplicación (en Venezuela). Según mi modo de ver, es un prodigio que su modelo (USA) subsista tan prósperamente (...) Aunque este pueblo es único en la historia del género humano, es un prodigio, repito, que un sistema tan débil y complicado (el federal) haya podido regirlo".
Algo que explicaría la relativa inmutabilidad de la Constitución Federal norteamericana es que las que han sufrido cambios numerosos y constantes son las Constituciones y leyes de los Estados.

El cuarto gazapo fue sobre el carácter de una Asamblea Constituyente en el actual título XIII de nuestra Carta. ¡No! No es como dice Arrubla, "para transformar toda su estructura. Es un cheque en blanco que no sabe uno dónde va a comenzar y dónde va a terminar".

El artículo 376 dice que "Mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el período y la composición que la misma ley determine (...). A partir de la elección, quedará en suspenso la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado para que la Asamblea cumpla sus funciones".

La Constituyente es hoy un mecanismo ordinario de reforma. No confundirlo con lo de 1990. Y es mejor que no se conjeture ni suelten suspicacias. La Corte bloqueó al Estado y eso hay que resolverlo. Yo, modestamente, propongo releer a Loewenstein.