viernes, 24 de septiembre de 2010

¿La justicia al servicio del terrorismo?

Por el Coronel Gustavo Laino Moreno


Las Fuerzas Armadas de Colombia, amanecieron el lunes aterrorizadas al conocer que varios de sus integrantes entre ellos un Coronel del Ejército en servicio activo, hacían parte de una presunta  red internacional de traficantes de armas y municiones, cuyo destino eran grupos terroristas que negociaban un promedio de un millón de dólares mensuales. La acción contundente del Ejército Nacional con apoyo del CTI, logró la captura del grupo de supuestos traficantes, empleando la sorpresa de la noche para adelantar los allanamientos y evitar su fuga, en una operación que se desarrolló en varias ciudades del país simultáneamente, y raudamente ante semejante éxito los puso a ordenes de la justicia civil.
Al Ejército Nacional le dolió que un oficial superior estuviera dentro de los aparentes traficantes, y ante la operación en curso, debió aceptar que en su política de no tolerancia al delito, su oficial capturado respondiera las sindicaciones ante juez competente. Hoy el juez de garantías deja en libertad a la mayoría de los indiciados con argumentos que solo causan zozobra y que anuncian investigaciones en su contra por contrarias a la ley.
No hay que ser abogado para entender la peligrosidad de los hechos y que la prudencia indicaba que el sitio adecuado para consignar los encartados era la cárcel, dándole la oportunidad a la Fiscalía de aportar sus argumentos  para establecer con recursos legales la responsabilidad de los capturados. El artículo 225 del Código de Procedimiento Penal, Reglas particulares para el diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento, en su numeral 1, es claro en ordenar el horario para realizar el procedimiento entre las 06:00 a.m. y las 06:00 p.m. salvo que por circunstancias particulares del caso, resulte razonable suponer que la única manera de evitar la fuga del indiciado o imputado, o la destrucción de los elementos materiales probatorios y evidencia física sea actuar durante la noche.
El juez de garantías no acepta aclaración tan evidente y decide dejar en libertad a una veintena de capturados ante la grave presunción de ser traficantes internacionales de armas y municiones, con destino a grupos terroristas, sin medir el daño que su acción delictiva ha causado a la sociedad colombiana.
Qué debemos pensar las personas de bien ante semejante actuación de un juez de la República? Qué garantías tienen los investigadores de la Fiscalía o instituciones como el Ejército Nacional para desgastarse en operaciones como ésta que llevaba en su detección más de un año de esfuerzos de inteligencia y contrainteligencia?
Parece que hubiera dentro  de los administradores de justicia enemigos  de la ciudadanía que aferrándose a argumentos disímiles o con argucias benefactoras de la delincuencia, actuaran solo para defender a los enemigos del país, pero ante cualquier oportunidad se ensañaran con quienes portamos el uniforme militar.
Hay que reformar la administración de justicia y rápido.